Los Derechos Humanos son un conjunto de exigencias éticas que anteceden a todo orden legal de cualquier país, un horizonte de valores humanos generales por encima de creencias, religiones y filosofías. Son un intento de que los seres humanos utilicen su razón y su libertad para construir un mundo mejor, una utopía razonable. Los Derechos Humanos se presentan como una especie de derechos morales ya que son exigencias éticas, valores que deben ser respetados por todos los seres humanos y que deben ser garantizados por los gobiernos de todos los pueblos.
Los Derechos Humanos se han ido reconociendo a lo largo de la historia, a través de un lento proceso de aprendizaje moral que no ha terminado todavía. Como antecedentes históricos de La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948 enfatizan:
1. Declaración inglesa denominada “Bill of Rights” (1689).
2. Declaración de los Derechos de Virginia de los EE.UU. de América (1776).
3. Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789 y 1793).
En todas estas Declaraciones y documentos históricos coexiste una visión del ser humano en la que se defiende la dignidad propia y esencial de toda persona humana, por encima y al margen de cualquier circunstancia accidental como nacionalidad, sexo, lengua, religión o nivel de instrucción. Las primeras producciones de un auténtico código de Derechos Humanos tuvieron lugar en los ambientes liberales y democráticos del siglo XVIII. Manteniéndose en este espíritu, pero fecundado con las nuevas ideas socialistas, sindicalistas y humanistas, casi 150 años después de las Declaraciones americana y francesa, el día 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Así pues, los Derechos Humanos se fundamentan en la propia dignidad de la persona humana y poseen vigencia universal. Esto implica los siguientes aspectos:
1. Ninguna persona puede ser privada de ellos.
2. Deben ser respetados por la legislación de todos los Estados.
3. Han de servir como marco de referencia para organizar la vida social y política.
4. Han de constituir el código básico y fundamental de la justicia de todas las naciones y del Derecho Internacional.
Los Derechos Humanos son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano por el hecho de serlo, y que tienen que ser satisfechas porque se refieren a unas necesidades básicas, cuya satisfacción es indispensable para que puedan desarrollarse como seres humanos. Son unos derechos tan básicos que sin ellos resulta difícil llevar una vida digna. Por ser tan necesarios para la persona se dice que son:
1. Universales: se deben reconocer a todos los seres humanos. Son unas exigencias mínimas que se deben garantizar en reconocimiento de su condición de humanos.
2. Prioritarios: al entrar en conflicto con otros derechos, tienen que ser protegidos de una forma prioritaria.
3. Innegociables: ninguna sociedad debe negar la protección de estos derechos a sus miembros. Además, todas las sociedades tienen que contribuir en el contexto mundial para lograr que se respeten los derechos de todas las personas, sea cual fuere la sociedad concreta a la que pertenezcan.
En este proceso se pueden distinguir, hasta ahora, tres grandes fases que suelen ser denominadas “las tres generaciones” de los Derechos Humanos. Estas tres generaciones constituyen, por el momento, los requisitos básicos para llevar una vida digna. Cada una de estas generaciones alumbró un determinado conjunto de derechos.
PRIMERA GENERACIÓN: LOS DERECHOS DE LA LIBERTAD: Son las libertades individuales y los derechos de participación política: el derecho a la vida y a la integridad física, a pensar y a expresarse libremente, a reunirse con quien se desee, a desplazarse libremente, a participar en el gobierno del propio país, a no ser detenido sin motivo legal, a ser juzgado con garantías de imparcialidad, las protecciones del derecho a la intimidad y a la buena fama, los derechos de la propiedad privada y de la libre contratación, a comerciar libremente, entre otros. En líneas generales, podemos considerar estos derechos como inspirados en un valor moral básico que les sirve de guía: la libertad.
SEGUNDA GENERACIÓN: LOS DERECHOS DE LA IGUALDAD: Este tipo de exigencias fue abriendo camino a una nueva mentalidad según la cual es necesario que el Estado no se limite a mantener el orden público y el cumplimiento de los contratos, sino que actúe positivamente para que los derechos de la Primera Generación no sean un privilegio de unos cuantos sino una realidad para todos. Por esta razón se dice que la Segunda Generación constituye un conjunto de exigencias de la igualdad.
TERCERA GENERACIÓN: LOS DERECHOS DE LA SOLIDARIDAD: En este caso no basta con que se tomen medidas en el interior de un Estado, porque el cumplimiento de estos derechos precisa un esfuerzo de solidaridad entre todas las naciones y pueblos de la Tierra. Es necesaria la solidaridad internacional para que se puedan cumplir los derechos de la Tercera Generación, pues ¿cómo se podrá acabar con la contaminación del medio ambiente si unos países se comprometen a no contaminar y otros no? o ¿cómo se podrá acabar con las guerras mientras no haya un firme compromiso de todos para controlar el tráfico de armas?
En síntesis, podemos decir que cada una de las tres generaciones de derechos plantea las exigencias de la dignidad humana que se contienen en los tres valores básicos de la tradición política de la Modernidad, que son la libertad, la igualdad y la solidaridad.