✍DIFERENCIAS ENTRE DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL | DOCENTES 2.0

Hoy en día, en el are a de la investigacion se tiende confundir el significado de derecho de autor con propiedad intelectual. La propiedad intelectual (PI) de acuerdo con el autor (Singh, 2004), se refiere a cualquier creación original del intelecto humano, como la creación artística, literaria, técnica o científica. Asimismo, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) (2004) la define l como “creaciones de la mente, como las invenciones; obras literarias y artísticas; diseños; y símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio” (p.2). Como, además alega que los derechos de propiedad intelectual (DPI) se refieren a los derechos legales otorgados al inventor o creador para proteger su invención o creación durante un cierto período de tiempo.

Los derechos de autor son algo que se otorga automáticamente al creador de una obra original, ya sea una obra de literatura, arte, música o software. Una idea en sí no está protegida por derechos de autor. No obstante, para la expresión de esa idea sí lo está. Al igual que los otros tipos de PI, los derechos de autor se pueden transferir a otros, aunque generalmente el caso es que los derechos de autor se otorgan a cambio de algún tipo de beneficio financiero, y las licencias a menudo estipulan límites tanto en el uso como en el vencimiento de la licencia. Por lo tanto, a continuación podemos listar algunas diferencias en la Tabla 1 entre derechos de autor y propiedad intelectual, entre ellos:

Tabla 1

Derechos de Autor y Propiedad Intelectual

DERECHOS DE AUTOR
PROPIEDAD INTELECTUAL
Es una parte del alcance de la propiedad intelectual, al igual que las marcas registradas, las patentes y los diseños.
Describe una forma de propiedad que es el resultado intangible de la mente creativa humana.
Otorgan el derecho de mostrar una obra a través de video o radio, presentar la obra públicamente y crear o vender copias de la obra, así como derivaciones de la obra.
Surgió para alentar el desarrollo de tales ideas al ofrecer protección al creador de esas ideas.
Es una ley definida para el manifiesto de ideas.
Está resguardada por leyes concretas para la expresión de una idea.
El autor es dueño de los derechos de autor en el momento en que crea algo si no lo registraste.
Se emplea para proteger los derechos de autor de cualquier obra literaria, científica o artística.

Nota. Es importante recordar que todos los materiales que se elaboren, como presentaciones, informes, proyectos, videos, blogs, tesis, entre otros., están protegidos por derechos de autor, independientemente de su formato, elaborado por Mujica-Sequera (2022).

En síntesis, las herramientas que nos permiten distribuir fácilmente nuestros trabajos protegidos por propiedad intelectual son las mismas herramientas que facilitan el mal uso y el abuso de esos trabajos. Dado que los derechos de autor duran mucho más allá de la vida del creador, es importante asegurarse de que se tenga cuidado para proteger los derechos de autor y otra PI que posee, ya que es muy fácil que otros se apropien indebidamente de su trabajo.

Referencias

Singh R. (2004). Law relating to intellectual property (A complete comprehensive material on intellectual property covering acts, rules, conventions, treaties, agreements, case-Law, and much more). 1. Universal Law Publishing Co. Pvt. Ltd.

WIPO Publication (2004). WIPO intellectual property handbook. WIPO World Intellectual Property Organization. https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/intproperty/489/wipo_pub_489.pdf

 


Ruth Mujica

Ruth M. Mujica-Sequera

Autor del Blog Docentes 2.0: Dra. Ruth Mujica-Sequera, es venezolana y está residenciada en el Medio Oriente desde el año 2011. Fundadora y CEO de Docentes 2.0 y la Revista Tecnológica-Educativa Docentes 2.0. Ingeniero de Sistema con Doctorado en Tecnología Educativa y Posdoctorado en Ciencias. La Dra. Ruth Mujica-Sequera es la Embajadora Latinoamericana de la Tecnología Educativa - Embajadora Nacional de Venezuela reconocida por ReviewerCredits